Información general 2012

DOCUMENTACIÓN NECESARIA:

  • Instancia
  • Boletín de Adhesión a la Asociación
  • Solicitud de información por correo electrónico
  • Documento de protección de datos
  • 1 Fotografías tamaño carnet
  • Fotocopia DNI
  • Fotocopia, con original, del título o resguardo de haberlo solicitado. (Para compulsar) Nº de cuenta bancaria para domiciliar las cuotas (20 dígitos)

Las altas se tramitan en las reuniones de la Junta de Gobierno, que se celebran mensualmente.

Las cuotas de la asociación y del colegio para el año 2012 son de 93,50 €/anuales  para  colegiados y asociados activos, distribuidas de la siguiente forma: asociados 37,40€/año y colegiados   56,10 €/año. Y de 25€/anuales para  los colegiados y asociados jubilados distribuidos: cuota colegio 15,00€ al año, y cuota asociación 10€ al año., según acuerdo Junta General Ordinaria de 24 de marzo de 2011.

Las cuotas se pasan al cobro semestralmente en febrero y septiembre.


EXENCIÓN CUOTA COLEGIADO Y ASOCIADO
El Colegio y la Asociación subvencionarán un año de cuotas, a aquellos que soliciten el alta en los tres primeros meses de la finalización de los estudios de la Ingeniería Técnica Industrial.


ALTA MUPITI
El colegio te da de  alta en el momento de tu colegiación en el Seguro MUPITI ACCIDENTES, según acuerdo de Junta General de marzo de 2008, salvo para  los colegiados y asociados que se beneficien del año de exención de cuotas que serán dados de alta en este seguro, con cargo al colegio, transcurrido el   año de exención, según acuerdo en Junta General de 22 de marzo de 2011.


NECESIDAD DE LA COLEGIACIÓN Y ASOCIACIÓN
La unión de todos los Ingenieros Técnicos Industriales será la mejor aportación para velar por las competencias, el prestigio y buen nombre de la profesión.


REPRESENTATIVIDAD
El Colegio y la Asociación agrupan a un total de 1018 (Octubre de 2011) Ingenieros Técnicos Industriales que desarrollan su actividad en Empresas, Administraciones Públicas, Ejercicio Libre, Enseñanza, etc.


ÁMBITO DE ACTUACIÓN
Se mantiene presencia Local, Autonómica, Nacional, Comunitaria y Mundial, a través de los organismos a los que pertenece el Colegio y la Asociación.


EJERCICIO DE LA PROFESIÓN
Las  competencias y atribuciones de los Ingenieros Técnicos Industriales están claramente definidas en la Ley de Atribuciones 12/86, que permite la redacción, firma y dirección de proyectos de distinta índole. Esto permite ejercer la profesión por cuenta propia, ajena o para las Administraciones Públicas, así como la docencia en Secundaria y Escuelas Universitarias.


TITULO Y CARNET DE EUR-ING
Cada EUR ING se encuentra avalado como profesional reconocido a nivel nacional e internacional con preparación y experiencia suficientes para su acreditación e intercambio en 27 países europeos.
Facilita la movilidad del Ingeniero acreditado en los 27 países europeos adscritos a F.E.A.N.I. o con Empresas y
Organismos de terceros países interesados en la búsqueda de euroingenieros.
La tramitación se efectúa a través de la U.A.I.T.I.E. Para más información www.uaitie.es


SERVICIO QUE OFRECE EL COLEGIO Y LA ASOCIACIÓN
  • Asesoramiento Técnico
  • Revista Técnica Industrial
  • Información general y específica mediante circulares informativas periódicas del Colegio y Asociación, mediante correo ordinario o electrónico.
  • Ofertas de trabajo tanto en nuestra página Web, como a través de circulares.
  • Acceso a biblioteca (consulta y préstamo)
  • Aparatos a Medida (alquiler/préstamo)
  • Ofertas y descuentos con entidades colaboradoras
  • Posibilidad de contratar el seguro de responsabilidad civil con los mejores precios y prestaciones
  • Alta gratuita del Seguro de Accidentes, incapacidad y muerte por accidente con MUPITI
  • Asesoría Jurídica y defensa de la profesión
  • Euro-ingeniero
  • Participación en cursos subvencionados
  • Actividades recreativas
  • Participar en las decisiones Colegiales mediante las Juntas Generales.

BAJAS COLEGIADO Y ASOCIADO
  • Impreso solicitud de baja
  • Carnet de colegiado

REINGRESO
Para aquellos colegiados que, habiéndose dado de baja y no habiendo trascurrido más de dos años, soliciten su reingreso se les cobrará las cuotas colegiales vigentes desde la fecha de baja hasta la fecha de  aprobación de reingreso por parte de la Junta de Gobierno. Si su baja ha sido superior a dos años, se les cobrará las cuotas colegiales vigentes correspondientes a dos años. Por acuerdo de Junta de Gobierno celebrada el 28 de Octubre de 2010


HORARIO DE ATENCIÓN AL PÚBLICO
De lunes a viernes de 11:00 a 14:00 y de 18:00 a 20:00
Horario de verano (15 Junio -15 Septiembre) De lunes a viernes de 9:00 a 15:00
 

www.coitibu.es